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¿Se puede pedir indemnización por daños y perjuicios al franquiciador cuando incumple sus obligaciones, aunque en el contrato de franquicia no se establezca esta circunstancia?

¿Se puede pedir indemnización por daños y perjuicios al franquiciador cuando incumple sus obligaciones?

Efectivamente, el franquiciado podrá pedir al franquiciador las indemnizaciones que pudieran corresponderle, como consecuencia de incumplimientos propios de su condición de franquiciador, que deriven en perjuicios para la actividad del franquiciado y que hubieran sido evitados mediante una actuación adecuada.

El artículo 1.124 del Código Civil establece que el perjudicado (por incumplimientos de la otra parte) podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de los daños y abono de los intereses (indemnización de daños y perjuicios) en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.

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