Estoy en contacto con una empresa extranjera para desarrollar una red de franquicias en España a través de un contrato de master franquiciado que yo firmaría con esta empresa. Estos señores se niegan a aportar ningún tipo de inversión económica en el proyecto (ya sea en su lanzamiento o durante toda la vida del mismo). ¿Qué obligaciones tiene esta empresa dentro del marco jurídico de la franquicia en España: ayuda a la puesta en marcha de la primera franquicia (que sería mía), formación, decoración de la tienda, financiación de circulante, publicidad, etc?
Normalmente, el franquiciado master es responsable de la inversión inicial total necesaria para la instalación del negocio en el territorio adquirido, mediante la unidad piloto y posteriormente en el desarrollo del proyecto a través de la apertura de nuevos establecimientos (si fuera el caso) y de la creación de la estructura de apoyo y seguimiento necesaria para dar soporte a la red que de él dependa. El grado de apoyo que el franquiciador preste al franquiciado, antes y durante el lanzamiento de la actividad dentro del territorio, será una cuestión a determinar con antelación a la formalización del contrato, por lo que conviene llevar a cabo una buena negociación que, posteriormente, se plasme en dicho contrato.
Es frecuente que el franquiciador de apoyo en la puesta en marcha de la primera unidad piloto dentro del territorio y desde luego deberá formar al franquiciado principal en los métodos del sistema.
No es frecuente que el franquiciador se haga cargo de la campaña de lanzamiento inicial o en general de la publicidad del sistema en el territorio que vende. Estos aspectos suelen quedar ya dentro del ámbito de actuación del franquiciado principal.